Si por error se liquidó el ítem presentismo a un empleado y no correspondía, ¿cómo se debe proceder para rectificar si ya está pago el F. 931 original?
Debe rectificar el F. 931 cargando el sueldo correcto, al generar la DDJJ el importe a pagar será menor. Dentro de los dos días de haber presentado la DDJJ rectificativa tiene que presentar en agencia de AFIP una multinota solicitando la convalidación de saldos. Cuando AFIP se lo otorga se liberan las diferencias a favor del contribuyente en Cuentas Tributarias y las compensa directamente con otros importes impagos de los... >
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En el caso de un empleado que está con licencia por enfermedad, ¿cómo se informa ante AFIP en el F. 931? ¿Se pagan las cargas sociales normalmente? ¿En el caso de reserva de puesto de un año cómo se informa?
En el F. 931 se informa como activo, no hay una manera diferente de exponerlo, días trabajados 30. Se abona remuneración y cargas sociales normales.
Cuando ingresa a reserva de puesto, si se coloca 14-Reserva de puesto y no se carga remuneración. Hay que declararlo todos los meses en el F. 931 porque tiene la cobertura médica. >
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¿Qué significa en el F.931 los conceptos suma de rem 1, rem 2, rem 3, rem 4, rem 5, rem 6, rem 7, rem 8 y rem 9?
Son la remuneraciones imponibles:
1) Rem 1 sobre esta base se calculan los aportes seguridad social,
2) Rem 2 sobre esta base se calculan las contribuciones al SIPA y INSSJP,
3) Rem 3 sobre esta base se calculan las contribuciones al FNE, AAFF y RENATEA,
4) Rem 4 sobre esta base se calculan las aportes de obra social y Anssal,
5) Rem 5 sobre esta base se calculan los aportes al INSSJP,
6) Rem 8 sobre esta base se calculan las contribuciones de... >
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Una empleada de comercio va a renunciar y la empresa le va a dar un premio de una suma considerada (25000),y quiere que figure en el recibo de sueldo como suma no remunerativa ¿hay un tope para estas sumas? ¿se puede hacer figurar en el recibo?
Si es la primera vez que le entregan una gratificacion, seria no remunerativa. Por lo general se hace en recibo separado.
El tope lo da el artículo 7º de la Ley Nº 24.241, "Tampoco se considera remuneración las sumas que se abonen en concepto de gratificaciones vinculadas con el cese de la relación laboral en el importe que exceda... >
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Una empresa es condenada en sede laboral a pagar diferencias salariales y hs extras de un empleado por los periodos no prescriptos más las cargas sociales correspondientes sobre dichos conceptos. ¿De que forma se ingresan los aportes y contribuciones correspondientes a esas diferencias?
Tiene que rectificar cada F. 931, modificar el sueldo del trabajador y abonar las diferencias que surgan de contribuciones y aportes, intereses resarcitorios y posibles multas.
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¿En caso de rectificar en menos el F931 se ajusta automáticamente en Cuentas Tributarias o hay que pedirlo por multinota? Aclaro que aún no se pagó ninguna.
Si no se pagaron los F.931 es dificil que le acrediten algun saldo a su favor y en el momento que lo haga tendria que pagar con la DDJJ original.
El procedimiento para solicitar la convalidacion de los saldos que se generan por una rectificativa de la seguridad social a menos, estan en la RG 3093. Dentro de los 2 dias de haber presentado la rectificativa se presenta en agencia una multinota solicitando la convalidacion... >
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Un empleado, comenzó en el período de reserva de puesto por enfermedad inculpable. 1) ¿Debe pagar algún tipo de contribución patronal? y 2) ¿Cómo lo informa en el F931?
Durante la reserva de puesto no se liquida sueldo, no se hacen aportes, ni contribuciones patronales de ningun tipo. Se abona el seguro de vida. En el F931 en condicion se coloca reserva de puesto, en sueldo 0. Pero lo tiene que informar durante toda la reserva, por que la relacion laboral esta vigente y el trabajador tiene la cobertura de obra social.
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Del total de empleados de una empresa de 70 personas, a una de ellas se cometió el error de imputarle incorrectamente la Obra Social.Si en la declaración en línea se rectifica con importe 0 y se modifica por la nueva Obra Social, aparece error pues no se puede incluir importes en 0.Tampoco el sistema de declaración en línea permite rectificar solamente el CUIT en forma individual.¿Cómo se procede entonces atento que si se emite una rectificativa pisa a la original y es válida ésta última con importe 0?
En este caso se rectifica la nomina completa, cambiando el codigo de... >
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¿Cómo se compensan los saldos a favor de los meses 08 y 09 luego de hacer las rectificactivas correspondientes? ¿Puedo pagar menos en los meses 11 o 12 y poner en algún lado como pago a cuenta esos saldos a favor?
Al rectificar el F931 del mes de setiembre, en importes a ingresar coloca 0. Por ende se le genera un saldo a su favor (original abona mas que lo que le daba al rectificativa). Los saldos quedan liberados en cuentas tributarias. Cuando realice el F931 de octubre en importe a ingresar puede colocar lo que le da a pagar (monto de octubre detraido saldo de setiembre).... >
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Si por error se presento el F. 931 del mes de agosto indicando período 7-2014 , ¿cómo se soluciona este error, ya que quedaron dos presentaciones del período 7-2014 y falta la del 8-2014?
Si en lugar de presentar el mes 08/14 repitio la presentacion del mes 07/14, tiene que volver a rectificar el mes 07/14 igual que la DDJJ original y en importes a ingresar indicar "0".
Luego por el período 08/14 tiene que presentar la DDJJ original con los valores que correspondan.
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Un Consorcio perdió un juicio laboral y debe reconocer 18 años de aportes. ¿La única forma de hacerlo es presentar los 18 años de F 931 o existe alguna otra manera simplificada? ¿si es a través del 931 se pone sin obra social y sin ART?
Si tiene la manda judicial de reconocer toda la relacion de dependencia, tiene que hacer los F. 931 por los 18 años. Aunque cargue los F. 931 sin obra social y ART esta deuda es exigible.
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Cuando un contribuyente no tiene mas empleados y presenta su ddjj en cero(sin empleados)¿es necesario que posteriormente se haga la baja como empleador o solo basta con presentar las cargas sociales de ese modo en el periodo que corresponda?
Con presentar el F. 931 sin empleador el primer mes que no tiene trabajadores en relación de dependencia es suficiente.
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Al querer dar el alta en Mi Simplificación (ahora simplificación Registral), el sistema online solo me permite ingreasar Modalidad de Contrato 099 pero no me deja ingresar 15 en Actividad, ya que el sistema solamente me trae el de la actividad principal de la empresa en ese item (523912). ¿Donde se carga el código 15? porque no hay otro item que sea de "Actividad" y me tome el 15?
El alta es con la modalidad de contratación 99. Cuando hace el F931, ahí cambia el código de actividad a 15. >
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Se ingresa con CUIT y clave a través de la pagina de Afip, en Declaración en Linea, va ha datos del empleador, riesgos del trabajo, ahí tilda corresponde LRT, y carga los valores. Luego se dirige a cargar una DDJJ con nomina y ahí verifica que los valores que aparecen cargados coincida con los nuevos. >
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Por una verificación del Ministerio de Trabajo hubo que dar el alta temprana a un empleado desde febrero 2013. Se presentó plan de facilidades por las cargas sociales correspondientes a los períodos transcurridos. ¿Es necesario además rectificar los formularios de SUSS de dichos periódos incorporando a este empleado?
Tiene que presentar todas las DDJJ F931 rectificativas por los meses que registro. >
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Resolución General Nº 3612 (A.F.I.P.) (B.O. Nº 36.867 del 2014-04-16)
Sistema “Declaración en línea”. Procedimiento para la generación de declaraciones juradas vía “Internet”. Resolución General Nº 2.192, sus modificatorias y complementarias. Su modificación.
Esta norma modifica la Resolución General Nº 2192, la cual aprobó el sistema “Declaración en línea”, disponiendo que dicho sistema es de uso obligatorio para los empleadores que ocupan hasta cien (100) trabajadores registrados y opcional para los sujetos que... >
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¿Qué procedimiento hay que seguir para el caso de que un contribuyente abono dos veces el F. 931 de un mismo mes?
Se le tienen que generar los saldos a favor en el sistema cuentas tributarias y luego reimputar los excedentes a otras obligaciones. >
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Para un empleado discapacitado (Sind. de Down) que fue tomado con modalidad 30 ¿tambien tiene cambio de codigos transcurridos 12 meses y 24 meses?
Para los 3 primeros meses, se utiliza el código 30 y luego se modifica al código 31, y sigue con la misma reducción en las cargas sociales.
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¿Cuáles son los casos puntuales en los cuales se puede rectificar por novedad el F.931?
La rectificativa por novedad solo se puede hacer por aplicativo Sicoss, no es factible por Declaración en Linea.
Esta alternativa permite que, en ciertos casos, la rectificativa contemple únicamente las situaciones que sufren modificaciones respecto de la declaración original.
Resulta factible realizar rectificativas por novedad en los siguientes supuestos:
- Alta de CUIL no incluido en la DDJJ original.
- Baja de CUIL, consignado en la DDJJ original
- Modificación de datos... >
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El único empleado de una firma renunció el 22 de noviembre de 2012, al hacerlo se presento una declaracion jurada F. 931 sin nómina ¿cuántas más debe presentar o con una alcanza?
Si el único empleado renunció el 22/11/2012, la ddjj del mes de noviembre se presenta con nómina y la del mes de diciembre de 2012 se presenta "Sin Empleados". Luego no se deben presentar más F. 931 hasta que el empleador vuelva a tener empleados. >
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Al querer rectificar un periodo en el 931 de una empresa por haber omitido tomar las retenciones que le efectuan para que impacte en la declaracion jurada, aparentemente no lo permite efectuar, ya que no se despliega esta posibilidad. ¿Existe algun otro mecanismo alternativo para efectuar dicha rectificativa, y como debería proceder?
Al rectificar el F. 931 por su declaración on line, el sistema no permite cargar las retenciones en la d rectificativa, debiendo cargarlas en la ddjj original del próximo mes. >
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¿Cómo se rectifican las declaraciones juradas del SUSS (F. 931) respecto de un número de CUIL de un empleado mal cargado en el aplicativo?
De acuerdo a lo establecido en la Resolución General Nº 1915, en el supuesto de detectarse errores en la información contenida en las presentaciones no corresponderá rectificarlas cuando el error detectado sea el Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) de un trabajador, en cuyo caso se deberá presentar el formulario Nº 933, por duplicado, cubierto en todas sus partes. Juntamente se presentará fotocopia de la documentación... >
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¿Cuál es el procedimiento para hacer una declaración jurada rectificativa de cargas sociales en Su Declaración sin tener que volver a cargar la información de la declaración jurada original?
Al ingresar al Sistema Su declaración Online, y coloca el mes y año, el sistema le trae la información que tiene en su base, como rectificativa. Luego modificara la información, siguiendo con le procedimiento habitual. >
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Resolución General Nº 3834 (D.G.I.), texto sustituido por la Resolución General Nº 712, sus modificatorias y complementarias. Programa aplicativo “Sistema de Cálculo de Obligaciones
de la Seguridad Social - SICOSS”, Versión 35. Norma modificatoria y complementaria. Por medio de la presente norma se establece que la determinación nominativa e ingreso de los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social deberá efectuarse mediante la utilización del Release 1 de la Versión 35 del programa aplicativo denominado “Sistema de... >
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Cuando un contribuyente queda sin personal ¿debe presentar indefectiblemente todos los meses el F. 931 por su declaracion on line?
La obligación del empleador que no tiene personal, es presentar el F.931 sin personal, el primer mes que no tiene empleados, después no lo tiene que volver a presentar. >
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